El proyecto que levanta
el secreto bancario avanza sin escollos en el Senado. La iniciativa
fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda de la cámara
alta y fue derivada a la comisión de Constitución, siendo el último
paso antes de ser sometida a la votación en sala.
De acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, el secreto bancario consiste en la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones de cualquier naturaleza, que reciban de sus clientes. Deben considerarse amparados, entre otros, los depósitos a plazo, a la vista, cuentas de ahorro y cuentas corrientes.
Adicionalmente la ley se refiere a la Reserva Bancaria, que se entiende
como la protección de la información relativa a las demás operaciones,
distintas a captaciones y depósitos, que efectúan los bancos con sus
clientes.
El secreto bancario está
regulado en el artículo 154 de la Ley General de Bancos y en el artículo
1 de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques.
Se entiende que esta
información es parte de la privacidad de los clientes del sistema financiero.
Si no existiera esta norma cualquier persona podría solicitar en un
banco, por ejemplo, información sobre los movimientos de las cuentas
corrientes, lo que podría prestarse para fraudes y otro tipo de delitos.
Sin embargo, la norma
tiene límites que están expresamente estipulados en la ley y por ejemplo
un juez o un fiscal puede pedir información sobre los movimientos bancarios
de un imputado.
Hasta ahora, el secreto
bancario ha sido levantado en contadas ocasiones y luego de una larga
judicialización, como la triangulación de fondos entre la diputada
Claudia Nogueira y sus asesores, ex ejecutivos de GMA.
Por tanto, este proyecto
de ley que avanza en el Senado autoriza el acceso a la información
bancaria y permitirá combatir delitos relacionados con el lavado
de dinero.
De acuerdo al nuevo proyecto,
si un contribuyente se niega a permitir la revisión de su cuenta por
parte del SII, será un juez quien decida si se levanta o no el
secreto bancario. Asimismo, en caso de que no exista un pronunciamiento
por parte del contribuyente, se entenderá que rechaza la solicitud
del ente fiscalizador, operando el llamado silencio negativo.
El economista de la Universidad
de Santiago de Chile y experto en mercado de capitales, Orlando Balboa,
sostiene que "La idea original del secreto bancario es que los bancos
guarden reserva de información respecto a las cuentas, pero también
existe la percepción que hay traspaso de información sobre todo cuando
los bancos pertenecen a un mismo holding".
El experto Usach señaló
que este secreto se ha utilizado principalmente "cuando se necesita
defender temas de evasión tributaria y ha sido una de las grandes peleas
de la banca con el Servicio de Impuestos Internos y que no permite acceder
a los intereses que generan las empresas".
Balboa sostiene que a
pesar que "no hay evidencia concreta sobre el mal uso del secreto
bancario, pero si existe la denuncia de traspaso de información entre
empresas, sospechas de lavado de dinero y ocultamiento de información
sobre los orígenes de ciertos fondos. Esto a la larga levanta sospechas
sobre corrupción, falta de transparencia, entre otros problemas asociados".
Los defensores del proyecto
esgrimen que la principal causa para modificar la legislación es que
es un requisito fundamental para ingresar a la Organización para la
Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) o "grupo de los países
ricos", puesto que se trata de un estándar de fiscalización exigido
por la entidad, como una manera de combatir la evasión tributaria.
Orlando Balboa sostiene que este proyecto es importante para nuestro país ya que "a la OCDE le preocupa los problemas estructurales de transparencia, y si Chile quiere acelerar su ingreso, debe aprobar lo antes posible este proyecto".