El proyecto que levanta el secreto bancario avanza sin escollos en el Senado. La iniciativa fue aprobada por unanimidad en la Comisión de Hacienda de la cámara alta y fue derivada a la comisión de Constitución, siendo el último paso antes de ser sometida a la votación en sala. 

    De acuerdo a lo establecido por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras, el secreto bancario consiste en la protección que los bancos e instituciones financieras deben otorgar a la información relativa a los depósitos y captaciones de cualquier naturaleza, que reciban de sus clientes. Deben considerarse amparados, entre otros, los depósitos a plazo, a la vista, cuentas de ahorro y cuentas corrientes.     

    Adicionalmente la ley se refiere a la Reserva Bancaria, que se entiende como la protección de la información relativa a las demás operaciones, distintas a captaciones y depósitos, que efectúan los bancos con sus clientes. 

    El secreto bancario está  regulado en el artículo 154 de la Ley General de Bancos y en el artículo 1 de la Ley de Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques. 

    Se entiende que esta información es parte de la privacidad de los clientes del sistema financiero. Si no existiera esta norma cualquier persona podría solicitar en un banco, por ejemplo, información sobre los movimientos de las cuentas corrientes, lo que podría prestarse para fraudes y otro tipo de delitos. 

    Sin embargo, la norma tiene límites que están expresamente estipulados en la ley y por ejemplo un juez o un fiscal puede pedir información sobre los movimientos bancarios de un imputado. 

    Hasta ahora, el secreto bancario ha sido levantado en contadas ocasiones y luego de una larga judicialización, como la triangulación de fondos entre la diputada Claudia Nogueira y sus asesores, ex ejecutivos de GMA. 

    Por tanto, este proyecto de ley que avanza en el Senado autoriza el acceso a la información bancaria y permitirá combatir delitos relacionados con el lavado de dinero.  

    De acuerdo al nuevo proyecto, si un contribuyente se niega a permitir la revisión de su cuenta por parte del SII, será un juez quien decida si se levanta o no el secreto bancario. Asimismo, en caso de que no exista un pronunciamiento por parte del contribuyente, se entenderá que rechaza la solicitud del ente fiscalizador, operando el llamado silencio negativo. 

    El economista de la Universidad de Santiago de Chile y experto en mercado de capitales, Orlando Balboa, sostiene que "La idea original del secreto bancario es que los bancos guarden reserva de información respecto a las cuentas, pero también existe la percepción que hay traspaso de información sobre todo cuando los bancos pertenecen a un mismo holding". 

    El experto Usach señaló  que este secreto se ha utilizado principalmente "cuando se necesita defender temas de evasión tributaria y ha sido una de las grandes peleas de la banca con el Servicio de Impuestos Internos y que no permite acceder a los intereses que generan las empresas". 

    Balboa sostiene que a pesar que "no hay evidencia concreta sobre el mal uso del secreto bancario, pero si existe la denuncia de traspaso de información entre empresas, sospechas de lavado de dinero y ocultamiento de información sobre los orígenes de ciertos fondos. Esto a la larga levanta sospechas sobre corrupción, falta de transparencia, entre otros problemas asociados". 

    Los defensores del proyecto esgrimen que la principal causa para modificar la legislación es que es un requisito fundamental para ingresar a la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) o "grupo de los países ricos",  puesto que se trata de un estándar de fiscalización exigido por la entidad, como una manera de combatir la evasión tributaria. 

    Orlando Balboa sostiene que este proyecto es importante para nuestro país ya que "a la OCDE le preocupa los problemas estructurales de transparencia, y si Chile quiere acelerar su ingreso, debe aprobar lo antes posible este proyecto". 

Publicado en USACH al Día Online.