Este es el segundo taller que realiza este año la FAE junto al Magíster en Planificación y Gestión Tributaria, con el objetivo de conocer los cambios tributarios contenidos en la Ley N° 20.780 y N° 20.899 sobre los artículos 14A y 14B.
Este es el segundo taller que realiza este año la FAE junto al Magíster en Planificación y Gestión Tributaria, con el objetivo de conocer los cambios tributarios contenidos en la Ley N° 20.780 y N° 20.899 sobre los artículos 14A y 14B.
Con un especial interés por parte de abogados tributarios, contadores públicos y auditores se está realizando hasta el 1 de diciembre el Taller de Aplicación de Reforma Tributaria, el que aborda los cambios tributarios realizados a la Ley N° 20.780 y N° 20.899 sobre los artículos 14A y 14B. En especial se analizan las opciones que las empresas deben tomar y cuya fecha termina el 31 de diciembre.
El 29 de septiembre del 2014, se publica en el Diario Oficial, la Ley N° 20.780, la que establece una diversidad de cambios a la Ley de la Renta, a la Ley del IVA, Código Tributario, y a otros cuerpos legales, constituyéndose esta en la mayor reforma tributaria que desde 1990. Sin embargo, esta ley ha tenido varias modificaciones, y el Taller de Aplicación de Reforma Tributaria intenta explicar cada una de ellas.
Los mismo ocurre con la ley complementaria a la 20.780, la 20.899 , creada este año que simplifica el sistema de tributación a la renta y perfecciona otras disposiciones legales tributarias.
El día lunes 28 de noviembre el expositor Miguel Cardinali Suazo, contador público y auditor de la Universidad Santo Tomás y Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la USACH, dio a conocer a los asistentes el régimen de renta efectiva según contabilidad completa y su aplicación hasta el 31 de diciembre de 2016. Se refirió al mayor valor en la enajenación de acciones y derechos sociales, la introducción al FUT al 31 de diciembre de este año, los registros (FUNT, FUR, FUF, FUT), las declaraciones juradas FUT y un taller de aplicación.
El régimen de renta efectiva según contabilidad completa, con imputación PARCIAL del crédito por impuesto de primera categoría, artículo 14-B será abordado en la sesión del martes 29, con la ponencia de Luis González Silva, contador público y auditor de la Universidad de Los Lagos y Magíster en Tributación de la Universidad de Chile.
El especialista en temas tributarios enfocará sus conocimientos en las características generales del régimen de imputación parcial de crédito, los registros obligatorios para el control de utilidades, el orden de imputación de retiros, remesas y distribuciones, las reglas de asignación de créditos y su castigo, la determinación de créditos voluntarios, el pago provisional por utilidades absorbidas y la reclasificación de rentas y partidas determinadas al 31 de diciembre del 2016.
El contador público y auditor de la Universidad Diego Portales y Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la FAE-USACH, Pablo Calderón, continuará con el taller el miércoles 30, con el régimen de renta efectiva según contabilidad completa, con imputación TOTAL del crédito por impuesto de primera categoría, artículo 14-A.
En su intervención, el profesional se referirá a las normas para optar al Régimen A), quienes pueden optar al Régimen A), las formalidades que deben cumplir los contribuyentes, la tributación que afecta a la empresa (primer nivel), la tributación que afecta a los propietarios, socios, accionistas (segundo nivel), las normas de reinversión, los registros y la orden de imputación.
Finalmente, el jueves 1 de diciembre, el expositor Miguel Ojeda Díaz, contador público y auditor de la Universidad Católica Blas Cañas y Magíster en Planificación y Gestión Tributaria de la USACH, se referirá al análisis, evolución e implicancias tributarias de las normas de reorganización empresarial.
Abordará las definiciones, conversiones y transformaciones y efectos tributarios de la norma vigente al 31 de diciembre de este año, además de analizar la norma vigente a contar del 1 de enero de 2017, en relación a los límites de la reinversión, los efectos del cambio de régimen de 14 A) a 14 B), los efectos del cambio de régimen de 14 B) a 14 A), los efectos tributarios derivados de la mantención del activo diferido y un análisis comparativo.